Tras varios meses de negociaciones, la Mesa Negociadora del V Convenio Colectivo de Reforma Juvenil y Protección de Menores firmó el pasado jueves 19 de septiembre el acuerdo definitivo en Madrid. El nuevo convenio colectivo tendrá una vigencia de cuatro años, abarcando desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2029.
El convenio cumple con el objetivo de unificar, durante su vigencia, las dos tablas salariales existentes, siguiendo la dirección marcada por los anteriores convenios colectivos. Además, se incluyen nuevas actualizaciones, con base en los recientes cambios legales, como la incorporación de los nuevos permisos de paternidad.
En materia económica, el V Convenio Colectivo introduce un Complemento de Centro Cerrado y/o Semiabierto, equivalente al 5% del salario anual de 2025, que será aplicable desde el 1 de enero de 2026. Este complemento busca mitigar el impacto negativo que la evolución del IPC ha tenido sobre los salarios de las personas sujetas a estas tablas. Además, se han pactado incrementos salariales del 3% para 2026, 3% para 2027, 3,75% para 2028 y 4% para 2029.
En cuanto a la convergencia de las Tablas de Resto de Centros con las tablas de Centro Cerrado y/o Semiabierto, se acordaron los siguientes incrementos: 9,6% para 2026, 8,88% para 2027, 5,94% para 2028 y 5,08% para 2029. Ello supone que a partir del 1 de enero de 2029, se establecerá una única tabla salarial para todas las personas trabajadoras del ámbito de protección de menores y reforma juvenil, culminando el proceso de convergencia salarial que se inició con el III Convenio Colectivo en el año 2018.
Este proceso de homologación también permitirá la equiparación de los salarios de las personas en funciones de dirección a partir del 1 de enero de 2029, con un proceso de incrementos salariales similar al establecido para ambas tablas salariales.
Otras mejoras destacables son el incremento del Complemento de Antigüedad, que pasa de 16,24€ a 20€ por trienio, y la introducción de una nueva regulación para la Guardia Localizada con una dotación económica específica de 240€ por cada mes que una persona se encuentre en situación de expectativa de guardia. Asimismo, se ha reformado el Complemento de Insularidad, aplicable a las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y Melilla, estableciéndose un mínimo de 100€, salvo que las administraciones competentes dispongan de importes superiores.
En cuanto a la clasificación profesional, se ha mejorado la regulación de los grupos profesionales, vinculando la retribución a los grupos en lugar de las categorías, como se estipulaba en convenios anteriores.
Además, el V Convenio Colectivo introduce mejoras en las condiciones de la excedencia, garantizando la reserva del puesto de trabajo durante el primer año y ampliando el acceso a excedencias de más de un mes y menos de cinco. También aumenta la retribución de los festivos especiales (Navidad, Nochevieja y Reyes), con un complemento del 20%, aplicable a los turnos de tarde anteriores a estos festivos.
Para la implementación de estos incrementos salariales, que impulsan el sector y mejoran las condiciones laborales de más de 50.000 profesionales, el convenio establece que dichas cantidades se contemplen en los procesos de contratación pública, concertación o cualquier otro mecanismo legal que permita encomendar a las entidades de infancia y adolescencia el desarrollo de las actividades reguladas por este convenio.
Este acuerdo refuerza el desarrollo de las políticas de igualdad, las medidas contra el acoso laboral y la protección del colectivo LGTBIQ+. El lenguaje utilizado ha sido revisado para hacerlo más inclusivo y se han adoptado diversas medidas para desarrollar un enfoque de género en la gestión de las relaciones laborales y la prevención de riesgos laborales.
La FEPJJ, organización patronal con mayor representatividad en la negociación del convenio, celebra el acuerdo alcanzado, ya que representa un avance significativo para el sector y un reconocimiento al trabajo de miles de profesionales, promoviendo su profesionalización y garantizando unas condiciones laborales adecuadas para la protección del interés superior de las niñas, niños y adolescentes atendidas en el marco del Convenio Colectivo de Reforma Juvenil y Protección de Menores.